Qué impuestos y obligaciones tienen las criptomonedas en España en 2022. Esta es una duda que afecta a muchas personas entre nuestros clientes, usuarios de Internet etc. Si consultamos el volumen de búsquedas sobre criptodivisas, sobre impuestos relacionados con ellas etc. veremos una curva exponencial que no para de aumentar.
Como apunte, si eres nuevo en esto de las criptomonedas y sus impuestos te recomendamos leer primero si no lo has hecho ya, nuestro artículo anterior, titulado Fiscalidad de las criptomonedas. Impuestos, modelos y obligaciones 2021.
Y vamos ya sin más preámbulos con lo que nos ocupa esta semana:
Qué impuestos y obligaciones tienen las criptomonedas en España en 2022
El impuesto de patrimonio y las criptomonedas
La DGT Dirección General de Tributos afirma que las criptomonedas deben declararse a efectos del Impuesto del patrimonio por su valor equivalente en euros a 31 de diciembre de cada año.
Impuesto de sucesiones y donaciones en criptomonedas
Siempre que se dé una sucesión y haya criptomonedas en el caudal hereditario, también nos veremos sujetos al impuesto de sucesiones y donaciones. Es un impuesto que grava las adquisiciones de bienes a título lucrativo por personas físicas, por lo que tienes que declarar respecto del valor dinerario del caudal en criptomonedas heredado o donado.
El IVA y las criptomonedas
Las criptomonedas respecto del IVA, están exentas de su pago. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de octubre de 2015, avanzó a admitir el bitcoin como un medio de pago y afirmar que todas las operaciones de compra de bitcoines estarán exentas de IVA.
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las Criptomonedas
Al ser medios de pago para pagar bienes, productos, servicios… estamos exentos del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
IRPF y Criptomonedas (o impuesto de sociedades y criptomonedas)
Dependiendo del caso —persona física o jurídica—, por ejemplo un autónomo que esté haciendo minería de datos (para alimentar esa cadena descentralizada o blockchain) tendrás que declarar esa actividad con el modelo 130 trimestral. Si eres una sociedad, en el modelo 200 tendrás que declarar el rendimiento obtenido a partir de una actividad relacionada con las criptomonedas.
Criptomonedas en la RENTA
En el caso que solo compremos criptomonedas y que no las vendamos (no hacemos trading), estas no se deben declarar en la declaración de la renta. Si hay actividad económica, ya cambia.
Impuesto de actividades económicas
A decir de la Agencia Tributaria, en consulta vinculante, si nos dedicamos a la minería de bitcoins, en tanto que estamos ordenando medios humanos o de producción para una actividad empresarial en suelo español quedan sujetos al impuesto de actividades económicas. Es una actividad económica.
Si la estamos considerando actividad económica —la minería de datos— debemos considerar que también podremos deducirnos los gastos que conlleva esa actividad, como en cualquier otra.
El trading de criptomonedas y sus impuestos
Cuando estamos referidos a la compraventa de criptoactivos, pagaremos impuestos sobre los beneficios de esa actividad mercantil a partir de tramos:
- hasta 6000 € 19%
- Entre 6001 y 50.000 € 21%
- Entre 50.001 y 200.000 € pagarán el 23%
- Más de 200.000 € se tributa un 26%