Acudir al concurso de acreedores es un ejercicio de confianza. Tal vez no nos demos cuenta con la suficiente frecuencia, pero así es. Cuando una empresa decide —o es impelida— a acudir al concurso de acreedores, tiene que exponerse a una liquidación de sus activos para hacer dinero líquido de ellos con el que afrontar el pago de sus deberes pendientes. También tiene que quedar sujeta al criterio del juez de lo mercantil; a la diligencia y acierto del administrador concursal, etc. De ellos va a depender en buena medida que su empresa salga a flote (con mermas patrimoniales más o menos acusadas dependiendo del caso) o sea disuelta conforme a ley. No podemos negar que esto es un ejercicio de confianza como pocos hay en la vida empresarial.
Por eso, miramos con atención a la nueva ley concursal. Porque pocas esferas de la justicia merecen tanto la confianza en la seguridad jurídica como los procesos concursales.
Acudir al concurso de acreedores
Acudir al concurso de acreedores no es solo para deudores. Al procedimiento se acogen también los acreedores, que han sido defraudados en forma de impago por la empresa insolvente. Unas veces se llega a esto de manera negligente o poco acertada en la gestión, otras de manera dolosa (concurso culpable). En ambos casos, el resultado es que el proveedor ha prestado un servicio o ha entregado un bien y está en espera de ver satisfecho el pago. También estas empresas necesitan confianza en el procedimiento concursal. Si se ven desatendidas en sus pretensiones legítimas, aumentará la sensación de ciudad sin ley y de desprotección, trayendo como consecuencia una reducción drástica de la confianza en el sistema jurídico. Una de los peores males de que puede aquejarse una sociedad que se precie democrática.
Los profesionales del derecho de la insolvencia abarcan mucha responsabilidad. Tanto jueces como administradores concursales, entidades especializadas, procuradores, etc. tienen el deber de trabajar del mejor modo para respaldar esa seguridad jurídica que merecen todos los actores intervinientes.
El proyecto de Reforma de la Ley Concursal está vivo. La expectación es mucha en el sector de la insolvencia. Hay que saber cómo quedará la ley de forma definitiva tras haberse recogido más de seiscientas enmiendas al primer borrador. Esa incertidumbre ante una ley tan matizada por todos los agentes concursales, con tantas voces protestando al procedimiento especial de microempresas, a la plataforma única de liquidación, etc. genera una desazón propia de quien ignora el porvenir. La inquietud respecto de la justicia dispara la inseguridad jurídica.
No ignoremos el impacto del Derecho Concursal en un país. Los especialistas en Derecho Concursal se ocupan de que las empresas con problemas de tesorería puedan, bien salvarse o bien disolverse y en todo caso amortiguar el perjuicio que han sufrido los acreedores. Esto significa que la Administración Concursal tiene una influencia directa —no en vano es su razón de ser—, en la preservación del tejido empresarial y esto resulta de la mayor conveniencia a cualquier nación con una economía de libre mercado tan sensible a las mermas del sector productivo como es España.