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convenio regulador

El convenio regulador, aspectos clave. Parte 1

El convenio regulador en un divorcio establece la relación que a partir de este momento tendrán los progenitores entre sí y con sus hijos. Unas normas acordadas para proteger el entorno y estabilidad de los menores. El primer consejo como especialistas en la materia, es darle a este documento la importancia que merece. Dedicarle un tiempo a su elaboración, hará que sea un punto de consulta clave en el futuro y que no sea necesaria una solicitud de modificación de medidas, ante cualquier variación de la situación con respecto al momento en el que se produce la separación. 

Hay determinados aspectos que deben estar incluidos dentro de un convenio regulador. Estos son:

  • La distribución del patrimonio familiar. Una vez que se finaliza la relación, deberá liquidarse el régimen económico existente hasta la fecha y determinar cómo se va a hacer frente a partir de ese momento a las cargas que la pareja tenga a fecha de la separación.
  • La relación con los hijos. Los hijos son en muchos casos, a los primeros que les afecta el cambio de situación de sus padres, por ello es necesario establecer cómo será su vida a partir de ese momento. Se establecerá qué tipo de custodia se elige, siempre pensando en el bienestar de los hijos. 
  • La vivienda familiar. Es otro de los puntos clave de la relación. Muy relacionada con el patrimonio familiar y también con los hijos. En el convenio regulador se deberá establecer si alguno de los dos progenitores la establece como su vivienda habitual para vivir con los hijos en ella, si la vivienda se convierte en el lugar de residencia de los hijos y son los padres los que se turnan su estancia en ella, o si por el contrario esta se pone en venta.
  • Relación con el entorno de confianza. En estos momentos convulsos cambian los hábitos también en la forma en la que los menores se relacionan con su entorno. Se deberá salvaguardar su relación con los familiares, en particular con sus abuelos. Asegurar el contacto telefónico o a través del medio que se elija para poder mantener una relación fluida con los menores. 
  • Régimen de visitas. Este es uno de los puntos conflictivos cuando se produce habitualmente un incumplimiento del convenio. No respetar los horarios o días de visita que se han establecido en el convenio regulador.
  • Distribución de las vacaciones. Otro de los aspectos importantes, ya que los hijos suelen tener periodos largos de descanso que suelen no coincidir con los de sus padres. Es recomendable llegar a un acuerdo en función de la edad de los hijos, del tipo de trabajo de cada uno de sus progenitores, y de las posibilidades familiares en general para lograr la mayor conciliación posible y que al mismo tiempo sea un periodo tranquilo, alegre y de disfrute para los menores. 
  • Fechas significativas. En el calendario familiar siempre existen fechas significativas tanto para los padres como para los hijos. Es el caso de los cumpleaños, fiestas escolares o de otras fechas destacadas para todos o para alguno de los miembros. El convenio regulador debe establecer cómo se van a organizar a partir de ese momento.
  • Pensión de alimentos. La pensión de alimentos debe estar contemplada desde el inicio en el convenio regulador. Cómo será vendrá también determinada por el tipo de custodia por el que se haya optado.
  • Gastos extra. Cuando se realiza la elaboración de un convenio regulador hay ciertos gastos que son fáciles de detectar, sin embargo a medida que los hijos van cumpliendo años, sus hábitos de vida cambian y con ellos sus necesidades. Surgen algunos gastos extra, donde puede variar la opinión sobre la necesidad de ellos o no. Algunos ejemplos de este tipo de gastos:
    • Clases extraescolares, que los hijos no tuviesen de forma previa al divorcio
    • Viajes de estudios
    • Estudios universitarios y gastos derivados de ellos