Las solicitudes para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad se disparan en España. Este hecho se produce tras la crisis generada por la declaración del Estado de Alarma a causa de la pandemia del Coronavirus. Muchas PYMEs, autónomos… ciudadanos en suma quieren aprovechar este mecanismo para empezar de nuevo tras una situación económica insalvable y claramente achacable al problema del COVID-19. En este sentido, la Ley de Segunda Oportunidad se está percibiendo como una ventaja, si lo prefieren una solución, frente al desastre económico sobrevenido en los últimos meses.
Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es una actitud creciente en España. Se prevé un aumento del 130% (los expertos vaticinan que aún crecerá más a medida que avance el problema) debido a la situación económica que ha generado el Coronavirus, que aún está por verse en términos de inflación, impacto en las economías familiares, cierre de empresas, aminoramiento del tejido productivo, aumento de la prima de riesgo, retraimiento del consumo, fuga de capitales, endeudamiento público…
Como nos dice el propio texto legal, en el espíritu de esta norma está el mecanismo que reducir la presión financiera sobre las personas anulando deudas pendientes.
En su preámbulo nos dice que:
«Su objetivo no es otro que permitir lo que tan expresivamente describe su denominación: que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer.»
Viendo este propósito, no es de extrañar que acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad haya explotado su adhesión precisamente en estos tiempos tan difíciles, donde tantas vidas y tanto tejido productivo hemos perdido.
En definitiva: si es usted una empresa o particular incapaz de hacer frente a sus compromisos de pago, es decir, a sus deudas, la Lay de Segunda Oportunidad puede ser una fórmula a la que acogerse. En Sendra Abogados somos especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad con una trayectoria singular al respecto, dado que nuestro director, Álvaro Sendra, es un letrado que ha desarrollado una intensa actividad profesional y académica alrededor de esta herramienta jurídica, siendo una referencia al respecto en el panorama actual.
¿Quién puede acogerse?
Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad implica cumplir ciertos requisitos. De hecho, se requieren los siguientes requerimientos para poder acceder a los beneficios que aporta esta norma:
- Tener una deuda superior a 15.000 Euros.
- Buena fe probada, es decir, ir con la verdad por delante.
- No haber sido declarado culpable en un proceso concursal anterior.
- Sin antecedentes penales.
- Haber intentado un previo acuerdo extrajudicial de pagos.
- Satisfacer todos los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados.
- No ha sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o falsedad documental dentro de los 10 años anteriores a la declaración del concurso.
- No se ha obtenido el beneficio de la segunda oportunidad en los diez últimos años.
- Que no se haya rechazado una oferta de trabajo acorde a su capacidad.
- Que se acepte expresamente su inclusión en el Registro Público Concursal.
Si se encuentra en un situación de tesorería insalvable, póngase de inmediato en contacto con nuestros abogados y déjenos estudiar su caso para llegar a esa solución en la que podría, incluso, quedar exonerado de sus deudas, pudiendo volver a empezar desde cero, o más allá, como veíamos en el preámbulo de la Ley de Segunda Oportunidad, volver a lanzarse a una iniciativa emprendedora.